Inmobiliaria ÁNGELES

Inmobiliaria ÁNGELES es una empresa con diez años de experiencia en el sector inmobiliario, nuestra cartera de clientes nos avalan.

Los pilares de Inmobiliaria ÁNGELES son los intereses de nuestros clientes, llevamos a cabo el proceso de comercialización tanto de obra nueva como de segunda mano.

En nuestra Web ponemos a su disposición un buscador, si desea comprar, como le ofrecemos la posibilidad de gestionar su inmueble si desea vender. En caso de duda, póngase en contacto con nosotros.

Si prefiere una atención más personal y absolutamente confidencial, visítenos en nuestra oficina o contáctenos por teléfono o Email, nuestro personal especializado realizará un estudio mas detallado de su situación, atendiendo así a sus necesidades y proporcionándole el servicio mas adecuado.

Muchas gracias por utilizar nuestros servicios.

Servicios

  • Compra-Venta
  • Los mejores y más competitivos profesionales del sector se ocuparan de vender su inmueble sin problemas. Y si por el contrario lo que necesita es comprar un inmueble, nosotros le mostraremos el más adecuado a sus necesidades.

  • Asesoramiento
  • Le ofrecemos un asesoramiento confidencial adecuado a sus posibilidades sin ningún tipo compromiso y si usted lo desea pinchando en financiación podrá hacer uso de una serie de plantillas que le ayudarán a calcular su préstamo hipotecario o su cuadro de amortización; para acceder a ellas haga clic en el icono y siga las instrucciones. complementando sus datos personales.

  • Promociones
  • Si lo que usted busca es una vivienda de nueva construcción, nosotros le ofrecemos una serie de inmuebles directamente del promotor.

Otras informaciones o consejos

Post-Firma de Compra-Venta

Su escritura definitiva. ¿Cuándo la tendrá?

En Inmobiliaria Ángeles ponemos a su disposición el Servicio Postfirma Centro Hipotecario. A través de este servicio se centralizan todos los procesos de firma y tramitación de una hipoteca. Además, le informamos de todo el proceso posterior que sigue su hipoteca. De esta forma, el trámite resulta más ágil y sencillo para usted.

  1. Trámites que va a seguir su escritura.
  2. Una vez firmada la escritura, se comunica a la Gestoría, la cual realizará los siguientes trámites:

    1. Presentar ante el Registro de la Propiedad los originales de las escrituras.
    2. Liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, Sucesiones y Donaciones, etc. Presentar la Declaración de Plusvalía, en su caso.
    3. Retirar del Registro la escritura definitiva junto con la nota simple.
    4. Se tramitará el cambio de nombre del recibo de contribución a favor del nuevo comprador, si lo hubiere.

    Una vez finalizadas estas gestiones, la Gestoría remitirá por correo certificado con acuse de recibo, la documentación que mas abajo se indica, al domicilio que consta en las escrituras o a cualquier otra que hubiere sido indicado por el cliente.

    1. Original (en su caso) de la escritura de compra debidamente inscrita.
    2. Copia simple o fotocopia de la escritura de hipoteca.
    3. Impreso de liquidación de los impuestos correspondientes.
    4. Comunicación de solicitud de cambio de recibo de contribución (si lo hubiere).
    5. Cualquier otra documentación complementaria que se hubiere aportado para el trámite de las escrituras y corresponda poseer al deudor hipotecario.
    6. Copia de las facturas de honorarios y suplidos, satisfechos por cuenta del cliente, y hoja resumen de la liquidación por la Gestoría.

    La liquidación económica del depósito se efectuará de la siguiente manera:

    1. Importes sobrantes (el importe total de gastos es menor que el importe constituido). La Gestoría abonará al cliente el importe sobrante mediante transferencia.
  3. Depósito de gastos
  4. En el momento de la firma se le informará del importe del depósito que se le cargará en su cuenta para hacer frente a los gastos de tramitación de su escritura.

    Cuando se resuelva el expediente se le enviarán a su domicilio junto con las escrituras el detalle de los gastos que la Gestoría ha tramitado con arreglo a los siguientes conceptos: Notaría, Impuestos, Honorarios Gestoría y Registro.

  5. Plazos de gestión
  6. El plazo normal de gestión desde la retirada de las escrituras en Notaría hasta que se entrega el expediente con los impuestos pagados en Registro es de 7 días hábiles. El plazo aproximado de tramitación es de 90 días.

  7. Teléfono de atención.
  8. Si tiene cualquier duda o necesita más información, llámenos al 942 26 95 50 de lunes a viernes, de 10 a 1.30 h y de 4.30 h a 8.30 h. Estaremos encantados de atenderle.

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Financiación

Utilidades

  1. CÁLCULO DE PEQUEÑA REBAJA EN LA VENTA DEL PISO IO 05.01.05
  2. COMPRA DE PISOS DE SEGUNDA MANO EU 041105
  3. CUADRO DE AMORTIZACIÓN EU031408
  4. PRÉSTAMO HIPOTECARIO CUOTA MENSUAL EU040201
  5. VARIACIONES DE LA CUOTA HIPOTECARIA DERIVADA DE UN CAMBIO DE TIPOS EU041606
  6. GASTOS ORIENTATIVOS PARA LA CONSTITUCIÓN DE UN PRÉSTAMO HIPOTECARIO

Cuenta Vivienda

Libreta destinada a la constitución de un saldo para comprar una vivienda. Esta cuenta le ofrece importantes ventajas fiscales, ya que las aportaciones tienen efecto a su favor en la declaración de la renta según la normativa fiscal vigente.

No admite domiciliaciones, ni puede tener asociadas tarjetas de ningún tipo.

No puede utilizarse en cajeros automáticos ni disponer de talonario de cheques.

Pueden contratarlo las personas físicas residentes en España.

Fiscalidad

Los intereses tienen consideración de rendimientos del capital mobiliario. El titular tiene derecho a una deducción del 15% de las cantidades aportadas cada año, con un límite de 9.015,18 euros, siempre que los ingresos procedan de rentas generadas en el ejercicio, se destinen a la adquisición o rehabilitación de la primera vivienda habitual y la antigüedad de la cuenta no supere los 4 años (cuentas abiertas anteriores al 01/01/1999 la antigüedad es de 5 años).

Impuestos en la CompraVenta de una vivienda

Ventajas fiscales que se obtienen con la compra de una vivienda habitual

La compra, al igual que la construcción o la rehabilitación de la vivienda (siempre que constituya o vaya a constituir la residencia habitual ) lleva consigo las siguientes ventajas fiscales en el impuesto de la Renta de las personas Físicas.

Entregas realizadas por el adquiriente de una vivienda

Podrá deducirse en la cuota el 15% de las cantidades que entregues para la adquisición o rehabilitación de la vivienda que constituyas o vayas a constituir la residencia habitual.

Financiación a través de una préstamo

Cuando para la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual se utilice un préstamo concedido por una entidad bancaria, con el que se financie al menos el 50% del coste de la vivienda habitual adquirida o de la rehabilitación y no se amortice globalmente más del 40 % del préstamo en los 3 primeros años de duración del mismo, los porcentajes de deducción serán los siguientes:

  1. Los 2 primeros años ( desde la adquisición o rehabilitación ) , del importe total pagado por capital, intereses y gastos de financiación, la deducción es del 25% para los primeros 4.507,59 euros. Para la cantidad restante, hasta 9.015,18 euros, la deducción es del 15%.
  2. Para el resto de los años, los porcentajes anteriores serán el 20% y el 15% respectivamente.
  3. Si la adquisición de la vivienda fue antes del 4 de mayo de 1998, el titular podria tener derecho a un mayor importe de deducción en la Declaración de la Renta del ejercicio, en las condiciones establecidas por la Ley de Presupuestos Generales del Estado.

Los gastos e impuestos que hay que pagar por la compra de la vivienda habitual, también, son susceptibles de deducción por la adquisición de vivienda.

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